Piense en el futuro de sus seres queridos y tenga sus papeles en orden

Aunque desde cualquier edad es conveniente tener siempre nuestros papeles importantes en orden y a la mano, cuando ya somos mayores es algo que adquiere un cariz aún más relevante, puesto que esto podrá darnos la tranquilidad de legar nuestras pertenencias a nuestros seres queridos evitándoles complicaciones que pueden incluso hacer que aquello que les procuramos nunca llegue a ellos.

Así, disponer en orden documentos como testamentos y pólizas de seguro no quiere decir precisamente que estemos augurando –y menos atrayendo— nuestra muerte, sino que es una medida preventiva que protege a quienes queremos hacerles un bien si llegamos a faltarles.

Si alguna vez se ha preguntado cómo se puede cobrar el seguro de vida, permítame decirle que una de las primeras indicaciones es dar por enterado a los beneficiarios de que se cuenta con este servicio, ya que si bien pueden ellos mismos acudir ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) para cerciorarse, en numerosas ocasiones no lo hacen por desinformación.

Aunado a ello, y dependiendo de a quien ha decidido legarle su patrimonio, sus beneficiarios deberán contar con los siguientes documentos:

  • Póliza de seguro.
  • Acta de defunción.
  • Identificación oficial vigente.
  • Acta de matrimonio si es cónyuge.
  • Acta de nacimiento si el beneficiario es menor de edad.
  • Carta poder si el trámite se hace por medio de un representante legal.

Como puede notarlo, de su parte sólo es necesario que informe a sus familiares acerca de la existencia de su seguro y que les indique en dónde guarda su contrato para que puedan agilizar todo trámite, ya que el postergar esto puede ocasionar que se excedan los tiempos en que por derecho pueden cobrar el dinero asegurado.

Si teme que sus familiares no sepan qué hacer si una aseguradora no quiere pagar, existen diversas fuentes de información disponibles en el portal de la CONDUSEF, así como una gran oferta de despachos legales que pueden asesorarlos.

Básicamente, lo único que necesitarán es ponerse en contacto con la compañía de seguros luego de que ésta haga constar por escrito su negativa a responsabilizarse del pago exponiendo las razones de ello, cuestiones que deberán ser analizadas para ser refutadas o, en caso de que no aplique, aceptadas.

Por todo lo anterior, lo mejor es siempre mantener los documentos de este tipo y sus pagos en orden para que el esmero que tuvo en vida no se vea desperdiciado.

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